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El Juramento Antimodernista

Historia y texto completo del juramento que san Pío X impuso al clero en 1910 como defensa contra la herejía modernista, obligatorio hasta 1967.

El modernismo fue la gran crisis doctrinal de finales del siglo XIX y principios del XX. El Papa san Pío X lo llamó “la síntesis de todas las herejías” (Pascendi Dominici gregis, 1907), y reaccionó con una energía que muchos consideran excesiva y otros, providencial.

Entre sus medidas, la más conocida y debatida fue el Juramento antimodernista, instituido mediante el Motu proprio Sacrorum antiistitum el 1 de septiembre de 1910.

Contexto histórico

El modernismo teológico proponía adaptar la fe católica a las categorías del pensamiento moderno: la historia crítica, el evolucionismo filosófico, el inmanentismo. En la práctica, esto significaba relativizar los dogmas, tratar los milagros como leyendas piadosas y reducir la revelación a una experiencia religiosa subjetiva.

Pío X respondió con el decreto Lamentabili sane exitu (1907), que condenó 65 proposiciones modernistas, y con la encíclica Pascendi (1907), que analizaba el sistema modernista en su conjunto. El Juramento fue el instrumento de aplicación práctica: todo clérigo, antes de la ordenación o de asumir un cargo docente, debía firmarlo.

Fue obligatorio desde 1910 hasta el 17 de julio de 1967, cuando la Congregación para la Doctrina de la Fe lo abrogó por mandato del Papa Pablo VI.

Texto del Juramento Antimodernista

Yo, N.N., firme en mi fe, como lo cree y lo enseña la santa Iglesia Católica, profeso:

I. Que Dios, principio y fin de todas las cosas, puede ser conocido con certeza, y también puede ser demostrado, por la luz natural de la razón, por las cosas que fueron hechas, esto es, por las obras visibles de la creación, como la causa por sus efectos.

II. Que los signos externos de la Revelación, esto es, los hechos divinos, especialmente los milagros y las profecías, son argumentos certísimos del origen divino de la religión cristiana, y que estos mismos signos están adaptados a la inteligencia de todos los tiempos y de todos los hombres, incluso de los de hoy.

III. Que la Iglesia, guardiana e intérprete de la palabra revelada, fue instituida inmediata y directamente por Cristo mismo, verdadero e histórico, durante su vida entre nosotros; y que fue edificada sobre Pedro, príncipe de la jerarquía apostólica, y sobre sus sucesores hasta el fin de los tiempos.

IV. Que la fe que da principio a la salvación no es un ciego sentimiento religioso que brota de lo oculto de la subconciencia, bajo la presión del corazón y de la inclinación de la voluntad voluntariamente formada; sino que es un verdadero asentimiento del entendimiento a la verdad recibida de fuera por el oído, en el cual, fiados en la autoridad del Dios que habla, tenemos por verdadero lo que Él mismo ha revelado y atestiguado.

V. Que Dios puede ser conocido por la fe, no solo como inicio y término de la vida moral, sino también como autor de la revelación sobrenatural, que propone en las Sagradas Escrituras y en la Tradición de la Iglesia las verdades necesarias para la salvación.

VI. Que el depósito de la fe, que nos fue transmitido por los Apóstoles, no contiene solo verdades filosóficas o científicas, sino verdades reveladas, cuya guarda y genuina interpretación fue confiada a la Iglesia docente.

VII. Que la doctrina de la fe que Dios reveló no fue entregada como un invento filosófico a los hombres para que la perfeccionaran, sino que fue confiada como un depósito divino a la Esposa de Cristo para que fuera fielmente guardada e infaliblemente declarada.

VIII. Rechaz igualmente el error de que la evolución de los dogmas puede conducir a que en distintos tiempos se les dé un sentido diferente de aquel que antes había tenido la Iglesia.

IX. Que no es posible que la Iglesia, maestra infalible de la fe por mandato divino, enseñe doctrinas contrarias a las que el magisterio anterior definió.

X. Profeso que el método histórico-crítico, aplicado a la interpretación de la Sagrada Escritura, no puede eludir el magisterio auténtico de la Iglesia, ni sustituir a la Tradición y al Magisterio en la determinación del sentido genuino de los textos sagrados.

Estas cosas todas las prometo observar plena y sinceramente, y guardar siempre invioladas, sin torcer en ningún modo ni en las palabras ni en los sentidos.


Valoración

El Juramento antimodernista fue una medida extraordinaria para tiempos extraordinarios. Su supresión en 1967, en plena efervescencia postconciliar, es uno de los hechos más debatidos de la historia reciente de la Iglesia. Algunos lo celebraron como una apertura necesaria; otros lo lamentan como el desmantelamiento de una salvaguarda doctrinal.

Lo que es innegable es que el modernismo que Pío X combatió —la relativización de los dogmas, la subordinación de la fe a la crítica histórica, el inmanentismo religioso— no desapareció con el Juramento. Y tampoco desapareció cuando se suprimió.